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jueves, 31 de agosto de 2017

Cooperativa Scenius apelará decisión oficial

Rachel D. Rojas • 31 de Agosto, 2017, Progreso Semanal


LA HABANA. El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) notificó el pasado 4 de agosto a la junta directiva la Cooperativa no Agropecuaria (CNOA) Scenius la decisión de cerrarla. El organismo que constituyó a una cooperativa puede ordenar su liquidación, haciendo uso de la prerrogativa que le otorga el Decreto-Ley 305. En este caso, la Resolución No. 473 que se le entregó a Scenius está firmada por la titular del ministerio Lina Pedraza.

La fundamentación para una medida que el propio reglamento de las cooperativas considera extrema, responde a “las reiteradas violaciones cometidas por la Cooperativa en el cumplimiento del alcance social aprobado”, según el comunicado que publicó el Ministerio, sin dar más explicación sobre las indisciplinas.

“Durante los próximos 30 días estamos obligados a paralizar todos los servicios y crear una comisión liquidadora, y a partir de ahí tenemos hasta el 31 de diciembre para efectuar el cierre”, explica Alfonso Larrea (en foto de arriba), presidente de Scenius. Si no cumplen con los márgenes de tiempo, estarían incurriendo en desacato.

La repercusión mediática de esta medida ha sido mucho mayor que con otras, pues según informa el propio Larrea, otras (una o dos) CNOA en la actividad de la construcción están siendo también cerradas por incurrir en delitos. En cambio, la presidencia de Scenius sí ha acudido a la prensa. La cobertura, especialmente desde la presa extranjera, ha colocado a esta cooperativa como una de las más eficientes y de rápido crecimiento de la Isla, aunque los datos de referencia para tal comparación no son de dominio público.

En efecto, durante una entrevista realizada hace dos años con la directiva de Scenius, pudimos confirmar que su trabajo se centraba en la capacitación de otras CNOA para su constitución, cuando muchas de estas cooperativas fueron inducidas por el Estado cubano y no todas se conformaban por la propia espontaneidad de sus socios. Trabajaban incluso en conjunto con varios ministerios.

Hablamos de una entidad dedicada a los servicios contables, una de las seis que según Larrea existen en el país. Las únicas, además, que pueden considerarse cooperativas de servicios profesionales, pues todavía esa opción no se ha aprobado para otros profesionales, como arquitectos, diseñadores, programadores de software, etc.

Hoy Scenius cuenta con 300 socios, de tres socios fundadores. Tienen más de 60 clientes fijos y ofrecen más de 100 servicios mensuales. Otro dato importante: en la actualidad el 100 por ciento de los clientes de Scenius son entidades estatales, no cooperativas como en sus inicios.

Aun así, las irregularidades que el MFP alega haber detectado en el trabajo de Scenius, no son públicas. El derecho que tiene la entidad que crea la cooperativa para cerrarla, “se sustenta en supuestas violaciones del objeto social, es decir, que hemos hecho más de lo que nuestro objeto social nos permitía hacer”, afirma Larrea.

Ante este escenario su presidencia, de acuerdo con todos los socios, piensan apelar la decisión, “considerando que se vulnera con la Resolución impugnada, un derecho de la CNA derivado de las disposiciones legales vigentes”, dice en un comunicado de la cooperativa.

Alfonso Larrea se refiere a la Resolución 134/2014 del Ministerio de Economía y Planificación (MEP), en la cual se autoriza la flexibilización del objeto social por parte de la máxima autoridad de la entidad.

“Esto es una discusión muy vieja con Finanzas y Precios. (…) Nosotros siempre hemos alegado el derecho a que las normas del país nos amparen.”, dice Larrea. “Eso se traduce en la facultad que le otorga el MEP a las empresas para, a partir del objeto social aprobado, realizar actividades que se deriven de él, secundarias, de apoyo, eventuales, etc.”, agrega. Según afirma, esta Resolución, incluye también a las CNA.


En un inicio y según lo establecido por ley, debe apelar a la misma organización que aplica la medida. “Tenemos 30 días para presentar una reclamación al mismo órgano que emitió la Resolución, que es el MFP. Y luego que este ministerio dictamine nuestra reclamación, si nosotros no estamos de acuerdo con eso, tenemos acceso a la vía judicial. Lo que vamos a combatir básicamente son las razones en las que se sustenta el uso de la prerrogativa que tiene la Ministra”, explica Larrea.

La presunción de inocencia, hasta que no se demuestre lo contrario, es importante en cualquier juicio claro y justo. La culpabilidad debe ser demostrada.

Luego de realizada esta entrevista, Progreso Semanal solicitó por las vías establecidas una entrevista con autoridades del MFP. Después de varios días, el 17 de agosto, se nos notificó que la entrevista no tendría lugar. No existe ningún otro mecanismo legal en Cuba para que la prensa pueda tener acceso a información sobre asuntos públicos.

Las infracciones

Este es, tal y como lo imprimió Alfonso Larrea en su oficina durante la entrevista, el objeto social aprobado para SCENIUS: “Actividades de registro contable de transacciones comerciales para empresas, otras entidades y formas de gestión no estatal, la preparación de estados de cuentas, el examen de dichos estados y la preparación de declaraciones de ingresos para personas y empresas. Se incluyen las actividades de asesoramiento en materia de tributos y representaciones conexas realizadas en nombres de clientes ante las autoridades fiscales, exceptuando la representación jurídica. Además, actividades relacionadas con la teneduría de libros, el cobro y pagos de las cuentas corrientes pendientes (corrientes), de impuestos, tasas y contribuciones”.

Y a continuación copio las actividades señaladas en la Resolución No. 473 de este año del MFP que le fue entregada a la directiva de Scenius: Servicios de capacitación para la constitución de CNOA de la gastronomía, análisis económico y financiero, planificación financiera, organización del trabajo en el área económica, solicitud de créditos bancarios, diseño de sistemas y fichas de costo y análisis estadísticos.

“Además de no existir —se lee en el documento— homogeneidad en la descripción de los servicios en los contratos, los documentos de ofertas y las facturas, que imposibilita determinar en la totalidad de los casos el servicio realmente prestado”.

Para la contadora Isis R. Lemus, ambos grupos de actividades son diferentes en cuanto al alcance y al área de la economía en que se engloban. Las primeras, contenidas en el objeto social, se concentran más en la contabilidad en sí; pero las segundas, señaladas por el MFP, son actividades económicas que no necesariamente se derivan de las primeras. Desde un punto de vista técnico, son actividades diferentes.

No obstante, la Resolución 134 del 2013 del Ministerio de Economía y Planificación (MEP) que Larrea asegura que les ampara dice también que “la realización de actividades secundarias derivadas del objeto social, eventuales y de apoyo, (…) en ningún caso se ejercerán de modo contrario a la legislación vigente”.

Hasta el momento, y debido a la ausencia de datos brindados por la contraparte (MFP), no es posible tener claridad si Scenius ha quebrantado alguna de las normas que califiquen como extralimitación de su objetivo social.

En el caso de los servicios de capacitación, según la especialista Isis R. Lemus, la Cooperativa no está autorizada para llevarlos a cabo, aunque no los cobre. “Si no está en el objeto social, no están autorizados. Supongo que debieron haberlo puesto. Además, cuando se habla de servicio, generalmente hay un pago mediante”.

Porque esto es lo que alega Alfonso Larrea, que la capacitación ofrecida no es un servicio, y que SCENIUS no cobró un centavo por ella. No obstante, en nuestra primera entrevista, realizada en febrero de 2015, Larrea contó sobre los inicios de la cooperativa.

También contó sobre las tres alternativas que tenían pensadas para convertirse en cooperativa, y cómo en los tres casos los objetos sociales eran gigantescos: “Porque veníamos con la concepción de empresas, de que mientras más cosas pusiéramos en el objeto social, más cosas nos permitían hacer. Incluso los objetos sociales clásicos dicen ‘y toda actividad que sea lícita’”.

Dado su conocimiento en la conformación de objetos sociales, podría pensarse que Alfonso Larrea está bastante seguro de que la Resolución 134/2014 del MEP ampara a Scenius. De ser así sabría si la cooperativa se ha extralimitado de su alcance o no, como indica su disposición a pleitear la decisión del Ministra de Finanzas y Precios. También sabemos que, al menos al comienzo, Scenius sí cobró por servicios de capacitación a CNOA, y no solo a las gastronómicas, aunque no es lo único que se le señala.

Pocos hechos son claros en todo este asunto. La contraparte de Scenius y Alfonso Larrea como presidente de la cooperativa no ha ofrecido explicación alguna sobre la decisión de cerrar una cooperativa aparentemente exitosa. El MFP rechazó está oportunidad en su primer comunicado público, y lo hizo de nuevo cuando la posibilidad de concedernos una entrevista fue negada. Así que solo podemos contar con una sola versión.

Pero más allá de este conflicto en particular, el cierre de formas de gestión más horizontales como las cooperativas —que al menos en teoría se parecen más al sistema de distribución justo al que Cuba podría aspirar como sociedad— crea, cuando menos, un muy mal precedente.

El cierre de Scenius compromete algo más que el experimento sin conclusiones anunciadas del cual son objeto la existencia misma de las cooperativas no agropecuarias en Cuba. Pongo en duda que los 300 socios de Scenius merezcan quedar sin trabajo.

Si el MFP tiene tan claras las infracciones, aunque no las explique en público y con transparencia, ¿por qué no toma medidas con personas específicas, luego de la debida investigación, y no con la totalidad de la cooperativa? Aún más: ¿Cuántas empresas estatales han sido cerradas, desintegradas, por los escandalosos casos de corrupción de unos pocos? Creo que ninguna.

Fotos: Kako

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